Con la actual legislación urbanística no existe libertad de establecimiento de actividades económicas (industria, servicios, comercio, artesanía) pues son los ayuntamientos y las CCAA quienes deciden cuánto y dónde crear suelo industrial y qué tamaño máximo puede tener el edificio industrial, su volumen, superfície, altura, anchura, longitud, etc,etc,etc. En la práctica existe poco suelo calificado como industrial, lo que hace que su precio sea prohibitivo. A pesar de ser competencia autonómica, curiosamente todas las autonomías han mantenido en sus leyes los principios básicos de la primera Ley del Suelo estatal de 1956 hecha por falangistas *.
Pongamos por caso una persona, excelente mecánico, que tiene un pequeño taller de 150 metros cuadrados en los bajos de su casa. El taller funciona muy bien, con 3 empleados y más faena de la que pueda hacer. Decide crecer como empresa. En su pueblo tiene un terreno rústico al lado del pueblo y de la carretera, perfectamente situado para montar un taller mecánico. El ayuntamiento le dice que en terreno rústico no se puede instalar un taller, pero sí en el polígono industrial del pueblo. El mecánico decide montar su taller de 500 metros cuadrados en el polígono. Pasan los años y el mecánico adquiere buena fama, toda la comarca le conoce, está desbordado de trabajo, con 12 empleados, y decide que debe ampliar el taller. El ayuntamiento le dice que se ha agotado la edificabilidad de la parcela, y por tanto no puede ampliar. Esta es la triste historia que se repite y repite por todos los rincones de España. Gente emprendedora que ve limitada su expansión por culpa del monopolio que ejercen los ayuntamientos y CCAA. Más triste todavía es que tiene muy fácil solución: libertad de establecimiento físico de empresas en todo el territorio nacional, sin excepciones (con todas las reglamentaciones sectoriales necesarias que eviten perjuicios a terceros o al dominio público). Con la liberalización se conseguiría un mejor emplazamiento de las actividades economicas, se posibilitaría su ampliación , con la consiguiente creación de empleo y se daría una flexibilización extraordinaria al mercado de trabajo.
La legislación urbanística produce otros efectos indeseables. En primer lugar ocasiona que el tamaño medio de la empresa española sea considerablemente menor que el de la empresa media europea. Es evidente que si no puede ampliarse físicamente una empresa porque la parcela del polígono industrial ha agotado su edificabilidad, la única posibilidad de expansión es la adquisición de una nave mayor en otro lugar, con los elevadísimos costes que esto representa, con lo que el empresario opta generalmente por quedarse como está, limitando su natural crecimiento.
El segundo efecto indeseable es la falta de inversión en investigación y desarrollo. Normalmente la industria que podría invertir en investigación y desarrollo, no puede hacerlo por una simple imposibilidad física, ya que abrir un departamento de desarrollo o un laboratorio de investigación no puede hacerse por haberse agotado la edificabilidad.
Si una fábrica pudiera levantarse en medio de una gran parcela, con posibilidades de crecimiento físico, las posibilidades de ampliación están garantizadas, ya sea para crear más empleo o para posibilitar la investigación o el desarrollo de nuevos productos. ¿Por qué no se permite? Es simple, en urbanismo, ayuntamientos y CCAA tienen arrebatada la posibilidad edificatoria a los particulares, lo que les produce ingentes entradas de dinero, ya sea por vía legal a ayuntamientos y CCAA, o por vía ilegal a sus amigos, empresas y conocidos. Por tanto esto no va a cambiar a no ser que haya una auténtica debacle (como la que ahora está sucediendo).
NOTA *La Ley del Suelo de 1956, hecha por el sector falangista del gobierno, no llegó a aplicarse por no haberse aprobado los reglamentos de desarrollo y por la llegada del sector más tecnócrata del gobierno que la ninguneó. Precisamente a partir de 1956 es cuando se inician los contactos con el FMI. El FMI propone la liberalización de la economía, cosa que el Gobierno hizo, al menos por lo que respecta al suelo, dictando sendos decretos de liberalización de las actividades turísticas y de las actividades empresariales. En 15 años España pasó de ser un país tercermundista a estar entre las primeras economías mundiales, y todo gracias a una cosa bien simple: dar libertad a sus ciudadanos para establecer empresas allá donde mejor les pareciese. Estos decretos, que daban una extraordinaria libertad al ciudadano, permitían levantar una empresa o una actividad turística en cualquier lugar y en cualquier clase de suelo de España, a salvo claro está de las reglamentaciones sectoriales.
La definitiva Ley del Suelo, muy parecida a la de 1956, se aprueba en 1975, desarrollándose plenamente mediante la aprobación de los reglamentos de disciplina, gestión y planificación urbanísticas. Posteriormente, por asunción de las competencias urbanísticas por parte de las CCAA, han ido surgiendo nuevas Leyes de Urbanismo autonómicas, pero que aplican los principios fundamentales de la antigua Ley estatal de 1956, que ni siquiera el gobierno del dictador Francisco Franco se atrevió a aplicar por ser demasiado intervencionista.
David Passarell Serred, Abogado, COL. 33362 del ICAB e Ingeniero Técnico industrial